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FechaTítuloResumen
12-feb-2016Pérez, Juan JoséUn hombre fue imputado, junto a seis personas más, por el delito de promoción y facilitación de la prostitución de personas mayores de edad. Los hechos habían sido cometidos en junio del 2001. En junio del 2004 fue citado a prestar declaración indagatoria. Luego se dictó su procesamiento y la causa fue elevada a un tribunal oral. En el año 2006 las partes fueron citadas a juicio. Durante ocho años fueron dictadas diferentes disposiciones. Entre otras cuestiones, se le concedió la suspensión del proceso a prueba a cuatro personas y en 2009 se fijó la primera audiencia de debate, que fue postergada en cuatro ocasiones. En el año 2015, la defensa solicitó que se dictara la prescripción de la acción penal y el sobreseimiento de su asistido. El Tribunal Oral rechazó el planteo. Para decidir de ese modo sostuvo que si bien los hechos imputados habían ocurrido con anterioridad a la reforma del artículo 67 del CP ¬¬–que determinó qué actos eran considerados “secuela de juicio”–, dicha norma resultaba aplicable al caso por ser más benigna. En ese sentido, tuvo en consideración la fecha de la citación a juicio y concluyó que la acción no se encontraba prescripta. Por otra parte, señaló que el Estado tenía la responsabilidad internacional de investigar hechos como los imputados en el caso y que, a tenor de su complejidad, no se había violado el derecho del imputado a ser juzgado en un plazo razonable. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
3-sep-2015Melián Massera (Causa n°72288)Dos personas fueron imputadas por tres hechos. En julio de 2005 fueron citadas a prestar declaración indagatoria, en octubre de 2010 se requirió la elevación a juicio del expediente y en 2011 fueron citadas a juicio. El Tribunal Oral declaró extinguida por prescripción la acción penal y dictó el sobreseimiento de las personas. Para decidir de esa manera, la resolución interpretó que el único acto que integraba el término “secuela de juicio” contenido en la redacción anterior del artículo 67 del Código Penal, vigente al momento de los hechos, era el requerimiento de elevación a juicio formulado por el Ministerio Público Fiscal. En tal sentido, señaló que esa era la interpretación más beneficiosa para las personas imputadas. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso recurso de casación.